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En este caso, pueden presentarse dos situaciones especiales para las que son necesarias expedir una Licencia de Mixta Religión, también llamada Dispensa de Disparidad de Cultos. El primer caso es cuando tu novio (o el ciudadano extranjero) no está bautizado, para lo que se debe tener Dispensa de Impedimento de Disparidad de Cultos, autorizada por el Vicario episcopal de la Zona Pastoral correspondiente a tu residencia. El segundo caso es cuando tu novio está bautizado en una comunidad acatólica para lo que se expide una Licencia para contraer Matrimonio y se habla de un Matrimonio Mixto. En ambos casos, debes ir a la oficina de tu respectiva Zona Pastoral y solicitar tu Licencia de Matrimonio adjuntando los documentos correspondientes a cada caso. Recuerda que para evitar inconvenientes, todos los documentos deben estar apostillados Si tú y tu novio son católicos, se aplican los Requisitos del Matrimonio Católico dispuestos por la iglesia. Los documentos que se requieren en estas circunstancias son: - Para la parte colombiana: • Partida de bautismo - Para la parte extranjera (Bautizada en Iglesia Acatólica): • Registro civil de nacimiento (Birth Certificate) - Para el extranjero No Bautizado: Más artículos de interés |






















Si vas contraer matrimonio con un ciudadano extranjero que no sea católico, debes prestar especial atención a los requisitos necesarios si deseas casarte por la iglesia.
Recuerda que para evitar inconvenientes, todos los documentos deben estar apostillados